En la Asociación El Faro Monoparental somos conscientes de que una de las situaciones más frecuentes y dolorosas que enfrentan muchas familias tras una separación o divorcio es el impago de la pensión de alimentos. Cuando esta obligación no se cumple, las consecuencias recaen exclusivamente sobre el progenitor custodio, mayoritariamente mujeres que crían en solitario.
Por esta razón, existe una ayuda específica: el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, una medida de protección destinada a garantizar un ingreso mínimo cuando no se perciben las pensiones alimenticias fijadas por resolución judicial.
¿Qué es el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos?
Es un fondo público gestionado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través del sistema de Clases Pasivas del Estado. Su objetivo es ofrecer una ayuda temporal a las personas beneficiarias de pensiones alimenticias impagadas, reconocidas judicialmente.
Esta ayuda está regulada por el Real Decreto 1618/2007, de 7 de diciembre.
¿A quién va dirigido?
Principalmente a familias monoparentales que:
- Tengan menores de edad a su cargo o hijos/as con discapacidad igual o superior al 65%.
- Sean titulares de una pensión alimenticia reconocida judicialmente.
- Hayan instado la ejecución judicial de esa pensión sin haber podido cobrarla.
- Sean nacionales de España, de un país de la UE o con residencia legal en España.
¿Cuánto se percibe?
- 100 € mensuales por menor a cargo, durante un máximo de 18 meses.
- En caso de que la pensión fijada judicialmente sea inferior a esa cantidad, se abonará el importe establecido por la resolución.
Es importante saber que esta ayuda es incompatible con otras prestaciones del mismo tipo.
Requisitos económicos
Los ingresos anuales de la unidad familiar no pueden superar estos límites (actualizados al IPREM vigente):
- 1 hijo: 10.800 €
- 2 hijos: 12.600 €
- 3 hijos: 14.400 €
- 4 hijos: 16.200 €
Se tiene en cuenta la unidad de convivencia completa, por lo que es relevante si vives con otros familiares.
¿Qué documentación hay que presentar?
- Solicitud oficial cumplimentada:
- Testimonio judicial del convenio o sentencia que reconoce la pensión.
- Testimonio judicial que acredite haber instado la ejecución.
- Certificación del Secretario Judicial que confirme el resultado infructuoso de la ejecución (excepto en casos de violencia de género o si los ingresos no superan el IPREM).
- Libro de familia o certificado de nacimiento.
¿Dónde y cómo se solicita?
Puedes presentar tu solicitud en:
- Oficinas de la Seguridad Social.
- Delegaciones de Economía y Hacienda.
- Registros públicos.
- Por internet, a través de la Sede Electrónica de Clases Pasivas (requiere certificado digital o Cl@ve).
Plazo de resolución: entre 2 y 3 meses. En El Faro Monoparental te ayudamos, si te enfrentas al impago de la pensión de alimentos, no estás sola. Esta ayuda puede aliviar temporalmente tu situación y darte margen para reclamar tus derechos. En la Asociación El Faro Monoparental te ofrecemos acompañamiento y asesoramiento para realizar los trámites necesarios. Contáctanos si necesitas apoyo o guía durante el proceso. Estamos aquí para ti.