Éste seguro obligatorio protege a todos los estudiantes menores de 28 años desde 3º de la ESO hasta el tercer ciclo universitario frente a accidentes escolares, enfermedades o infortunio familiar.
¿Qué riesgos cubre?
Accidentes escolares. Asistencia médica y farmacéutica, indemnizaciones económicas por incapacidad y gastos de sepelio.
Enfermedad. Asistencia médica, asistencia farmacéutica y gastos de sepelio. Incluye la cirugía general, neuropsiquiatría, tocología, tuberculosis pulmonar y ósea. En determinados casos se pueden otorgar prestaciones de fisioterapia, quimioterapia, radioterapia, cobaltoterapia y cirugía maxilo-facial.
Infortunio familiar. Esta prestación cubre situaciones sobrevenidas en el hogar del estudiante que le impiden continuar los estudios, incluido el doctorado. Pueden ser la muerte de la madre o el padre, así como la ruina o quiebra familiar.
Requisitos
- Menores de 28 años (estudiantes)
- Residir legalmente en España
- Estar matriculado en un centro educativo
- Haber abonado la cuota correspondiente del Seguro Escolar en el año presente.
- Período mínimo de un año desde que el estudiante se matriculó por primera vez en cualquier centro de enseñanza
Documentación
- DNI/NIE/Libro de Familia
- Documentación médica específica para cada caso
- Para los estudiantes no universitarios, certificado del centro de estudios donde se especifique el curso y especialidad que realizan, así como el abono de cuotas del Seguro Escolar.
- Para los estudiantes universitarios, resguardo del impreso de matrícula en el que conste el curso, las asignaturas y el pago de la cuota del Seguro Escolar.
La documentación señalada en el punto anterior, referida al curso anterior al de la solicitud, a efectos de justificar la cotización de un año.
¿Cómo tramitar la ayuda?
Acceder al trámite en este enlace: https://prestaciones.seg-social.es/servicio/seguro-escolar.html
Plazos:
- El plazo para solicitar las prestaciones derivadas de accidente escolar es de un año.
- Las prestaciones sanitarias se deben solicitar con carácter previo a la asistencia médica para el reconocimiento del derecho, con la excepción siguiente: en casos de urgencia debidamente acreditada por el facultativo, puede presentarse en el plazo de 5 años.
- Para solicitar gastos de sepelio, infortunio familiar y otras prestaciones económicas es de cinco años.
El reconocimiento o denegación de las prestaciones del Seguro Escolar se resolverán y notificarán en un plazo máximo de 90 días.